Secretario General Del Consejo

Atribuciones

El Secretario General del Consejo de la Judicatura del Estado tendrá las siguientes atribuciones:

• Tramitar los asuntos del Consejo de la Judicatura del Estado y turnar los expedientes entre sus integrantes para su atención.

• Despechar la correspondencia oficial del Consejo.

• Legalizar la firma de los servidores públicos del Poder Judicial en los casos en que la ley exija este requisito.

• Registrar las cédulas de abogados, los permisos y las autorizaciones expedidas por la Dirección de Profesiones del Estado. De las listas de registros que se irán formando, enviará copia a los jueces de los distintos partidos judiciales y Salas del Tribunal Superior de Justicia, con el objeto de que estos no permitan el ejercicio de la profesión a las personas que no se encuentren autorizadas.

• Certificar, autorizar y dar fe de las actuaciones del Consejo de la Judicatura, y extender constancias de las mismas, cuando fueren solicitadas y autorizadas por el Presidente del Consejo.

• Coordinar las funciones de los titulares de las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura.

• Llevar el turno de los Consejeros que por casos de impedimento o excusa.

• Llevar el control y lista de los auxiliares de la administración de justicia.

Áreas Auxiliares

• Boletín Judicial
• Oficialía de Partes

 
 
 

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